
El municipio dispuso equiparar las facultades y el régimen de funcionamiento de la Delegación Cerro Catedral al de las restantes delegaciones municipales, a través de la Resolución Nº 1481-I-2026.
De esta manera, se deja sin efecto el régimen transitorio de delegación exclusiva de facultades que regía desde la Ordenanza N° 1388-CM-04. En adelante, las atribuciones en materia de inspección, fiscalización tributaria, turística, control vehicular y habilitaciones comerciales serán ejercidas por las áreas centrales del Departamento Ejecutivo Municipal, en coordinación permanente con la Delegación.
La Delegación Cerro Catedral mantendrá su carácter de organismo descentralizado operativo con competencia territorial sobre las 1.920 hectáreas incorporadas por Ley Provincial N° 3787, actuando como receptor de trámites, atención al público, gestión territorial y primera instancia de control.
Se instruyó a las secretarías de Hacienda, Turismo, Protección Ciudadana y Obras y Servicios Públicos, junto a las direcciones de Inspección General y Tránsito, a dictar los protocolos de coordinación necesarios en un plazo máximo de 30 días.
Resolución Nº 1481-I-2026
