Carga de documentación y plazos
¿Es posible cargar certificados de fechas anteriores al 31 de diciembre de 2024?
No. Todas las certificaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2024 ya fueron analizadas y cargadas para aplicar al Programa en el período anterior 2023/2024. Y la fecha límite de presentación para este período ya se encuentra finalizada.
¿Qué sucede si no cargué mis certificados dentro del plazo establecido?
Se estableció un plazo para la carga de certificaciones conforme lo expresa la normativa. Fuera de ese término no es posible ingresar la documentación, por lo que las certificaciones no presentadas en tiempo y forma no serán consideradas para el cómputo de créditos del período que se encuentre vigente.
Requisitos
¿A quiénes aplica este Programa? ¿Existen limitaciones para determinadas modalidades de contratación (por ejemplo, horas cátedra)?
El Programa alcanza a las modalidades de contratación típicas, establecidas en el Estatuto del Empleado Municipal. Por ello, el Programa está destinado a agentes contratados por categoría y de planta permanente.
Las horas cátedra y las locaciones de servicios son modalidades de contratación específicas para realizar tareas puntuales en un área determinada, no comprendidas dentro del Estatuto del Empleado Municipal, por ello no se encuentran comprendidas en este Programa.
Sí, están incluidos quienes realicen la jornada laboral por horas cátedra pero se encuentren reconocidos en planta permanente.
Visualización de certificados y créditos
¿Cómo saber si mis capacitaciones fueron aceptadas o están en evaluación?
Todas las capacitaciones cargadas por los y las agentes pueden visualizarse ingresando al Buscador de Créditos, donde en la columna derecha se indica el estado de análisis en que se encuentran: “Pendiente”, “Aceptado” o contendrá la observación correspondiente.
¿Cómo puedo saber si ya completé la cantidad de créditos requeridos?
La suma del total de créditos se visualiza en el Buscador de Créditos. Cada agente deberá comparar la cantidad de créditos que acumula con la suma total requerida según el agrupamiento al que pertenece su puesto.
¿Qué sucede si realicé la misma capacitación en distintas instituciones y cargué los certificados?
En caso de que la capacitación o temática se repita, se aceptará un solo certificado.
¿Qué significa que un certificado esté en estado “Pendiente”?
Significa que el área competente aún no ha analizado el certificado cargado. Una vez analizado, pasará al estado “Aceptado” si el certificado cumple con los criterios establecidos. En caso contrario, se consignará la observación correspondiente y el certificado no será computado para el Programa.
¿Cuánto tiempo demora la validación de las capacitaciones cargadas?
El equipo de la División de Desarrollo de Personal se encarga del análisis individual de cada uno de los certificados presentados por los agentes, por lo que los tiempos de evaluación pueden variar en función del volumen de cargas en cada momento.
Declaración jurada (DDJJ)
Capacitaciones: tipos, afinidad y validez
¿Qué tipo de capacitaciones son válidas para la asignación de créditos?
Todas las capacitaciones realizadas dentro del período actual que sean afines al puesto que ocupa el agente.
¿Se reconocen cursos realizados en instituciones externas o solo municipales?
Se reconocen tanto las instituciones internas como las externas, oficiales, públicas o privadas.
¿Cuántos créditos debo acumular según mi puesto de trabajo?
La normativa requiere los siguientes créditos para un período de dos años:
| Categoría de puesto | Créditos requeridos |
| Mantenimiento y servicios generales (puestos operativos) | 25 créditos |
| Todos los demás puestos (no operativos ni jerárquicos) | 30 créditos |
| Puestos jerárquicos | 50 créditos |
| De todas maneras podrás corroborar en cuanto cumplas el requisito, al consultar el Buscador de Créditos aparecerá marcado como completo y no podrás cargar más capacitaciones. |
¿Se reconocen los créditos de las materias de una carrera sin finalizar?
Se reconocerán las materias aprobadas dentro del período actual (2025/2026), presentando la historia académica, siempre que sean afines al puesto que desempeña el agente. Corresponden 10 créditos por materia aprobada.
¿Qué se considera una capacitación afín?
Son aquellas capacitaciones que contribuyen al fortalecimiento de las competencias, conocimientos y habilidades requeridas para el desempeño del puesto que ocupa cada agente. Se distinguen dos grupos:
- a) Capacitaciones transversales (internas o externas): brindan conocimientos y herramientas vinculados al ámbito municipal, contribuyendo al desarrollo de competencias aplicables al desempeño de cualquier puesto dentro de la organización. Por ejemplo:
- Herramientas informáticas y digitales (Excel, Word, GDE).
- Ley Micaela.
- Capacitaciones referidas a normativa institucional y al marco regulatorio de la administración pública.
- Otras capacitaciones orientadas al fortalecimiento de competencias generales para el desempeño laboral.
- b) Capacitaciones específicas: directamente relacionadas con las funciones, responsabilidades y conocimientos requeridos por el puesto y área. Su afinidad se determina por la temática abordada y su vinculación con las tareas desarrolladas por el agente. Por ejemplo:
- Redacción de notas formales para el desempeño de tareas administrativas y atención al público.
- Idiomas, cuando su aplicación resulte pertinente para la atención al público, el turismo, relaciones institucionales u otras funciones.
- Capacitación en evaluación de desempeño, para puestos de jefatura y administrativos.
¿Qué se considera una capacitación no afín?
Se considera capacitación no afín aquella cuyos contenidos no guarden relación con las funciones del puesto. No serán consideradas para el otorgamiento de créditos las actividades formativas que no evidencien una contribución al desarrollo de las tareas del agente.
Ejemplos orientativos de capacitaciones no afines:
- Una capacitación en diseño gráfico presentada por un agente que desempeña funciones en el área de mantenimiento de vehículos municipales.
- Una certificación orientada al arte (música, danza, etc.) presentada por un agente cuyas funciones no guardan relación con actividades culturales o artísticas municipales.
- Capacitaciones vinculadas exclusivamente a intereses personales o recreativos que no resulten aplicables al puesto o función desempeñada.
