
La Resolución Nº 754-I-2026 (Anexo II, Artículo 2, inciso 1.9), establece los procedimientos para solicitar licencias por ceremonias, conmemoraciones, culturales o religiosas.
Requisitos y presentación
Quienes deseen hacer uso de esta licencia deberán presentar una nota dirigida al Departamento de Personal, con copia a su jefatura directa, indicando claramente las fechas solicitadas y la festividad o ceremonia que motiva el pedido (según lo dispuesto en el Art. 2.1.1.). Esta información será considerada para el control de asistencia.
Plazo de solicitud
Según lo normado en la Ordenanza 137-C-88, las solicitudes deberán presentarse con un mínimo de 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación al primer día solicitado, conforme a la modalidad de trabajo autorizada.
Ceremonias reconocidas
Se considerarán válidas únicamente aquellas ceremonias o festividades culturales o religiosas que estén expresamente reconocidas.
Canales de presentación
Estas licencias podrán presentarse mediante nota escrita o a través del sistema GDE (Gestión Documental Electrónica), a través del módulo GEDO. Ver aquí:
Para más información, dirigirse al Departamento de Personal al celular 2944 20-4915.
