1) Los títulos formales obtenidos y los certificados de títulos en trámite (Secundario, Terciario o Universitario) se presentan para que la Dirección de Recursos Humanos analice el nivel de estudios alcanzados y afinidad según la normativa vigente. El área encargada de recibir y realizar el análisis técnico es el Depto. de Selección y Desarrollo del Personal. Posteriormente, si correspondiera, la información es remitida al área de Sueldos para el pago.

2) Este es un trámite fundamental para poder realizar la liquidación correcta y que la persona vea reflejado el adicional en su salario.

3) En el caso de estudios incompletos o en curso incluir informe analítico o historial académico de materias aprobadas y certificado de alumno/a regular si corresponde. Los estudios incompletos no son considerados para pago  según Resolución Nº 3651-I-23, si puede servir presentarlos para ser evaluados en procesos de Concurso u otros. 

Los títulos se deben enviar únicamente al correo titulosmscb@gmail.com, colocando Nombre, legajo y área.
La presentación de certificado de título en trámite tienen una validez de 6 meses desde su presentación y/o hasta que se remita el título obtenido con sus respectivas formalidades: certificado analítico para títulos secundarios y terciarios, y el diploma para títulos universitarios (cartón con las respectivas firmas). Pasado ese plazo se deberá presentar nuevamente con fecha actualizada o el título. En caso contrario, no se realizará la liquidación correspondiente.
Toda la documentación debe enviarse en formato PDF. Ver consejos para convertir archivos


Las certificaciones deben tener sellos de la institución educativa y de la máxima autoridad educativa en la jurisdicción y/o Nación, datos de la institución educativa, datos del/la postulante y titulación obtenida. En los casos de carreras terciarias y/o universitarias debe contar con número de resolución o marco normativo que encuadre la misma.
La presentación de títulos de secundario, pregrado, grado y posgrado (Resolución Nº 3651-I-2023) debe estar acompañada del analítico de materias aprobadas.
Ante cualquier duda comunicarse al 2944699400

El procedimiento fue establecido por la Comisión Técnica de Trabajo, encargada de reclamos de las/los agentes en relación al pago de la titulaciones (Resolución 410-I-2024). La misma es coordinada por la Subsecretaría de RRHH.
Los reclamos se recepcionarán solamente a través del siguiente formulario. NO se dará tratamiento a reclamos que lleguen por otros medios.

¿Qué normativa respalda este trámite?

El procedimiento de presentación de títulos está enmarcado en la resolución Nº 3651-I-23

El procedimiento de reclamo por el pago de títulos adeudados se enmarca en la Resolución 410-I-2024

¿Qué se debe tener en cuenta para que un título tenga validez para presentarlo?

Títulos de educación secundaria y Superior obtenidos en Río Negro, se pueden descargar de manera legalizada directamente desde la página del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro, ingresando a la web  educacion.rionegro.gov.ar/ Trámites y Consultas.

✅Los certificados educativos de Educación Secundaria y/o Educación Superior No Universitaria que fueron emitidos en otra provincia, deben estar legalizados por el Ministerio del Interior en los siguientes casos: Título secundario o terciario emitidos antes del 1° de enero del 2010, o título universitario antes del 1° de enero de 2012 (Resolución conjunta 1-E/2017 VER AQUÍ).

✅Para legalizar certificados educativos de nivel secundario y/o terciarios emitidos en otra provincia se puede consultar en el Consejo Escolar Andina, ubicado en la calle Mitre N°1647 o consultar en la siguiente página: https://www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos