El personal que requiera ausentarse de su puesto durante la jornada de trabajo debe solicitar a su jefatura un “permiso de salida”.
El plazo de salida mensual es de hasta 4 horas, con un máximo de 2 horas diarias con devolución total de las mismas. Si se verifica que el agente excedió el plazo conferido de salida, no se podrá autorizar un nuevo permiso en el mes siguiente.
Las horas no trabajadas deberán ser devueltas dentro de los siguientes 15 días en acuerdo con la jefatura. De no constatarse la restitución de las horas, las mismas pasarán a descuento.
El incumplimiento de esta normativa hará pasible de sanciones. Las sanciones serán determinadas por el Tribunal de Calificación y Disciplina.
Toda área municipal a la cual la persona concurra para solicitar información o presentar documentación personal, está autorizada a requerir el correspondiente permiso y deberá comunicar, en caso de no poseerlo, a la Dirección de Recursos Humanos e informar de inmediato a la jefatura del área.
☑ Procedimiento del trámite
Se confeccionan dos copias del permiso, que deben ser firmadas por la jefatura directa.
Se deberá registrar el horario de egreso y posterior ingreso a la institución cubierto por el permiso de salida, mediante el sistema de control correspondiente (reloj);
Los formularios de permisos de salida deberán ser remitidos cada quince días (los viernes) al Departamento de Personal. Será responsable de la remisión la jefatura a cargo.
Actualizada al 2022
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