El Estatuto municipal (ordenanza 137-C-88) contempla quince días hábiles para quienes se casen. Esta licencia no puede postergarse, sino que comienza a correr desde el día del casamiento por Civil.
Por el casamiento de hijas/os se contará también con 2 días hábiles de licencia.
☑ Procedimiento del trámite
Se deberá solicitar la licencia por GDE 48 horas antes y posteriormente presentar en Personal una copia del acta de matrimonio.
Procedimiento similar deben realizar quienes soliciten la licencia para el casamiento de hijas/os se casen.
◭ La licencia se debe gestionar por GDE. En el caso de quienes no tienen usuario y contraseña, deben consultar con la administración de su área de trabajo.
NO tengo usuario y contraseña de acceso a GDE ¿Cómo debo proceder?
Debés pedir la carga a GDE al personal administrativo de tu área, quien te solicitará la planilla tradicional impresa y firmada. Podés descargar la planilla en el siguiente link:
Palabras claves de búsqueda: matrimonio – casamiento