Este proceso consta de 2 partes, LA PLANIFICACIÓN y EL CONTROL.

PLANIFICACIÓN

El área debe presentar el pedido antes del día 15 del mes previo a realizarlas.

Flujograma planificación de horas extras

CONTROL DE HORAS EXTRAS

Se realiza una vez que ya se hicieron las horas extras y las mismas deben estar enviadas antes del quinto día hábil del mes posterior. No se reciben planillas de horas con una antigüedad mayor a 2 meses.

Flujograma control de horas extras
cronograma de gantt de todo el proceso

Todo el proceso se realiza por GDE utilizando el GEDO con el acrónimo HE, el cual debe ser dirigido a la Dirección de Control de Gestión (usuarios GDE VFRANZE ó MLANFRANCHI), y debe tener al menos la firma de la jefatura inmediata y del/a Secretario/a de la repartición.


Algunas consideraciones:

-Se debe analizar la posibilidad de aplicar alguna modalidad de jornada laboral con el personal disponible que permita organizar el trabajo de tal forma que no sea necesario el uso de las horas extras para prestar el servicio.

-Las horas extras son incompatibles con las jefaturas, la excepción son las jefaturas de sección que pueden presentar horas después de 20 horas iniciales (resolución 5371-I-2005) .

-El personal administrativo que realice horas extraordinarias podrá hacerlo en días laborables y en horario diurno.

-Las jefaturas deben cargar los cronogramas de trabajo y/o modalidades habilitadas por normativa en el sistema de asistencias al momento del control.

-Sólo se computarán las horas que se encuentren registradas en el sistema de asistencias al momento de realizar el control.

-Las horas realizadas por aquellos agentes con reducción horaria según ordenanza 3140-CM-2019 no podrán exceder el límite diario establecido.

-Agentes con reducción horaria por cuestiones médicas no podrán realizar horas extras.

-Quien esté en período de licencia no podrá realizar horas extras.


Normativa vigente

Ordenanza 137-C-88 y sus modificatorias, articulo 21 del Estatuto de Empleados y Obreros Municipales y su modificatoria Nº 1481-CM-05.

Resolución: Nº 880-I-2024: Establece el procedimiento que cada área debe realizar para solicitar la autorización de horas extras para pago y deroga la normativa vigente hasta la aprobación de la misma (01 de mayo de 2024).


Operatoria del trámite

1) Planificación y presentación de PHE-01: Del 1 al 15 de cada mes.

La planilla PHE-01 esta compartida en una hoja de calculo de google y deberá enviarse por GEDO (HE) a la Dirección de Control de Gestión, firmada por jefatura inmediata y política del área correspondiente.

2) Luego de realizadas las horas extras, del 1.º al 5.º día hábil de cada mes, se debe remitir la planilla PHE-02 con las firmas correspondientes a la Dirección de Control de Gestión, utilizando el sistema GDE, de no contar con las rúbricas necesarias dichas horas no se procesarán y quedarán pendientes para su perfeccionamiento y pago en liquidaciones posteriores.

3) La Dirección de Control de Gestión y el Departamento de Personal verificará las horas realizadas en función de lo planificado y lo finalmente concretado, previo al envío de información al Departamento de Sueldos para su liquidación.

Acceso directo al sistema GDE

Consultas: Dirección de Control de Gestión – Interno 431 (4422293)


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