Los accidentes laborales son los que se producen en el momento y en el lugar de trabajo, realizando tareas propias de cada puesto. En caso de lesiones graves, se debe llamar al 103.
Los accidentes in itinere son los que ocurren en el trayecto que une el lugar de trabajo con la vivienda declarada por el personal.
Ambos tipos de accidentes tienen la misma cobertura, siempre y cuando pueda demostrarse las circunstancias en que se sucedieron.
En casos de accidente in itinere se deberá presentar constancia de denuncia policial efectuada en el Centro Administrativo (Onelli 1450) o la comisaría que corresponda, según el lugar del accidente.
Las jefaturas deben prever, para su personal a cargo, los formularios de denuncia necesarios (formulario 1) e informar el lugar donde se guardan a fin de agilizar su disponibilidad en caso de necesitarlos.
Medicina Laboral deberá completar el FORMULARIO 2 – ART y dar una copia a la persona que lo requiera.
⬇ Leer instructivo de actuación:
Planilla 1:
PLANILLA 2 ART Sólo debe ser completado por Medicina Laboral
Contacto Medicina Laboral: Línea fija: 4436328 (int. 210)
Celulares:
294 46 00 303 (Para turnos y se reciben llamadas) – sólo recepciona llamadas
294 43 05 309 (solo recibe certificados y no atiende llamadas)
Palabras claves de búsqueda: enfermedad – accidente – art
actualizado 20/11/2024