El Dpto de Medicina Laboral recuerda que, una vez completado el Formulario 1 para la entidad donde el personal accidentado es atendido y necesario para iniciar la cobertura de la ART, es obligatorio el requerimiento del Formulario 2 a Medicina Laboral para justificar los días de ausencia y dar curso al trámite de ART.
Consideraciones importantes
Sin excepción se debe avisar a la jefatura ante caso de accidente.
Los formularios deben completarse con todos los datos que solicita el formulario.
El teléfono de contacto debe ser actualizado.
Se debe guardar una copia del Formulario 1 o foto del mismo.
¿Qué es un accidente laboral?
Cabe recordar que los accidentes laborales son los que se producen en el momento y en el lugar de trabajo, realizando tareas propias de cada puesto. En caso de lesiones graves, se debe llamar al 103.
En caso de accidentes in itinere, que son los que ocurren en el trayecto que une el lugar de trabajo con la vivienda declarada por el personal, se deberá presentar constancia de denuncia policial efectuada en el Centro Administrativo (Onelli 1450) o la comisaría que corresponda, según el lugar del accidente.
Ambos tipos de accidentes tienen la misma cobertura, siempre y cuando pueda demostrarse las circunstancias en que se sucedieron.
Las jefaturas deben prever, para su personal a cargo, la disponibilidad de los formularios de denuncia necesarios (formulario 1), que también se puede bajar del Portal del Personal Municipal, Guía de Trámites/A.R.T (https://comunicar.gob.ar/index.php/a-r-t/).
Contactos de Medicina Laboral
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