Los permisos de salida no deben superar las 4 horas mensuales

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Ante la necesidad de ausentarse del puesto durante la jornada de trabajo se debe solicitar a la jefatura un permiso de salida, la cual podrá autorizarla o no, dependiendo las necesidades del área.

Este no debe ser mayor a 4 horas mensuales con un máximo de 2 horas diarias. Se debe devolver la totalidad de las horas utilizadas.

Si se verifica que el o la agente excedió el plazo conferido de salida, no se podrá autorizar un nuevo permiso en el mes siguiente.

Las horas no trabajadas deberán ser devueltas dentro de los siguientes 15 días corridos en acuerdo con la jefatura. De no constatarse la restitución de las horas, las mismas pasarán a descuento.

El incumplimiento de esta normativa será pasible de sanciones. Las sanciones serán determinadas por el Tribunal de Calificación y Disciplina.

Más información en Guía de Trámites en el Portal del Personal Municipal https://comunicar.gob.ar/index.php/permiso-de-salida/

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