Se aprobó la ordenanza Nº 3416-CM-23 que regula el régimen de las asignaciones familiares para empleados/as municipales.
La misma incorpora el Capítulo XXXIV Régimen de Asignaciones Familiares al anexo I de la ordenanza 137-C-88. Además, determina la actualización automática de los montos, “en virtud de las publicaciones que realiza la ANSES mediante resolución vigente al momento de la liquidación salarial del personal”.
Será de aplicación para
a) Las personas que desempeñen cargos políticos, tanto en el Departamento Ejecutivo, Departamento Deliberante, Tribunal de Contralor o Entes Autárquicos.
b) El Personal designado con carácter de provisorio conforme al artículo 5° del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales.
c) El personal transitorio o contratado cuya relación laboral esté regida por un contrato de plazo determinado y para la ejecución de servicios, obras o tareas de carácter temporario, eventual o estacional, que no puedan ser realizadas por personal permanente, o bien el personal contratado para reemplazar agentes permanentes ausentes por períodos prolongados y solamente mientras dure la ausencia del titular, no debiendo este personal realizar tareas distintas de aquellas para las que fue contratado.
Mirá la normativa completa en O-23-3416.pfd