Información para personal que cuenta con retención de impuesto a las Ganancias

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Ante las reiteradas consultas al Dpto de Sueldos con relación a las retenciones a cuenta del impuesto a las Ganancias, se informa que en el cálculo del mes de diciembre se incluyó el SAC (Sueldo Anual Complementario), es por ello que en algunos casos se observa un incremento en dicha retención.

Es importante que se tenga en cuenta que para el cálculo de Ganancias se toman las deducciones generales, es decir: Ganancias no imponibles, Deducción especial (art 30. inciso c) Apartado 2, además de las informadas por SIRADIG TRABAJADOR de la web de ARCA.

Solamente a través de la carga de la información por cada agente en este sistema, se pueden visualizar las deducciones con las que cuenta cada uno de los trabajadores y trabajadoras.

A partir de allí se calculan mes a mes las retenciones que no son más que pagos a cuenta de la liquidación final que se realiza en abril de cada año.

Otro dato importante a considerar es que hasta el mes de marzo de cada año, los y las agentes tienen la posibilidad de informar las deducciones para la liquidación anual del periodo finalizado (en este caso 2025), la cual deben realizar a través del formulario 572 “SIRADIG TRABAJADOR” de la página de ARCA.

 Por ello, con haberes abril se procede a reintegrar o culminar de retener el pago a cuentas del año anterior.

Posteriormente a lo mencionado, cada persona puede presentar ante ARCA su DDJJ incorporando otras deducciones que estime corresponder y solicitarle a ARCA las devoluciones correspondientes.

Se adjunta el instructivo, del formulario 572, para completar a través de la web ARCA. VER AQUÍ

Contacto:
sueldosadm1@gmail.com