Recuerdan la normativa de Jornada Laboral

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Imagen ilustrativa la normativa de Jornada Laboral

La Resolución Nº 754-I-2026 es la única normativa que rige el régimen de jornada laboral en el Municipio de San Carlos de Bariloche.

Principales aspectos a considerar:

1. Tipos de jornada

Rigen cinco modalidades: turnos rotativos, horario planificado variable, horario fijo con desplazamiento semanal, jornada nocturna y horario fijo (incorporado como modalidad específica). Cada una cuenta con definiciones y requisitos actualizados.

2. Plazos de planificación

Las jefaturas deben informar los cronogramas de trabajo con 15 días de antelación. Las modificaciones por razones de servicio deben comunicarse con 48 horas de anticipación.

3. Fichadas y control horario

El plazo para justificar faltas de fichada es de 48 horas hábiles. Transcurrido ese lapso, se aplicará el descuento y la sanción correspondiente sin posibilidad de reintegro.

4. Licencias

Se detalla la documentación requerida para cada tipo de licencia (matrimonio, duelo, estudio, etc.), con un plazo de 10 días corridos para su presentación. Las solicitudes por razones particulares pueden presentarse hasta 24 horas después del primer día solicitado. Se reglamentan los requisitos y formalidades para las licencias para horas cátedra.

5. Planillas de Asistencia

Para aquellas áreas que utilicen diaria o parcialmente “planillas de asistencias” deberán cargar de manera semanal al sistema de Asistencia de Personal los registros de ingreso y egreso a través de los usuarios habilitados, sin excepción.

6. Horas extras y francos compensatorios

El plazo para utilizar francos compensatorios se amplía a 120 días corridos. 

7. Horario fijo

Se incorpora esta modalidad para el personal que cumple jornada de lunes a viernes dentro del rango horario de 6:00 a 22:00 horas.

8. Llamado de atención

Se aprueba un formulario oficial para que las jefaturas notifiquen por escrito al agente ante incumplimientos normativos, afectación del clima laboral o deficiencias en el desempeño de sus funciones. La notificación debe describir los hechos, las normas infringidas y las acciones correctivas esperadas, y el o la agente notificado tiene la posibilidad de ejercer su derecho a defensa.

En ediciones posteriores se detallarán las distintas consideraciones sobre cada una de las jornadas vigentes y otros aspectos de la normativa.

Resolución Nº 754-I-2026